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Los convenios fiscales internacionales, ¿qué son? ¿Para qué sirven?

| Derecho fiscal internacional

Los convenios fiscales internacionales permiten resolver conflictos cuando el particular tributa en diferentes países. Estos convenios prevalecen sobre la legislación nacional y permiten, entre otras cosas, determinar el lugar de tributación de las rentas y evitar o atenuar la doble imposición. A continuación encontrará algunos principios básicos, expuestos por su abogado fiscalista, que se aplican en general a los convenios fiscales firmados por Francia.

¿Qué es un convenio internacional?

Los convenios fiscales son acuerdos bilaterales formales entre dos países. Francia ha celebrado convenios fiscales internacionales con cerca de 125 países. Los convenios fiscales permiten prevenir la doble imposición y la evasión fiscal. Favorecen la cooperación entre Francia y las demás autoridades tributarias internacionales en la aplicación de sus respectivas leyes tributarias.

Estos tratados reflejan generalmente el modelo de la OCDE. No obstante, su contenido es especialmente sutil de interpretar y, en consecuencia, de aplicar. Existe un plan de acción BEPS (erosión de la base imponible y traslado de beneficios) que aborda las lagunas específicas aprovechadas por las estrategias de planificación fiscal. Este plan ha permitido dar respuesta a las disonancias existentes entre las distintas medidas fiscales internacionales. Incluye asimismo normas destinadas a prevenir el uso abusivo de los convenios fiscales.

Los convenios fiscales firmados entre Francia y otros países permiten determinar el país de tributación en el que el contribuyente deberá pagar el impuesto. En aplicación del principio de residencia fiscal única, los convenios internacionales determinan en qué país se encuentra el domicilio fiscal cuando la persona física es residente de ambos países.

Los convenios fiscales establecen asimismo una cooperación entre los Estados, lo que les permite luchar eficazmente contra la evasión y el fraude fiscal internacionales.
Permiten establecer intercambios de información entre países muy útiles para las diferentes entidades tributarias.

¿Para qué sirven los convenios fiscales internacionales?

Por regla general, los convenios fiscales celebrados por Francia sirven para reducir o eliminar la doble imposición derivada de la superposición de jurisdicciones fiscales de distintos países: el Estado de la fuente de las rentas y el Estado de residencia del contribuyente. Puede deberse a que reside en uno de los países pero obtiene sus rentas de otro. Un convenio determina, para cada tipo de renta, a qué Estado se atribuye el derecho de gravamen. Cabe señalar que, si usted es residente fiscal en Francia, la doble imposición puede atenuarse en ocasiones mediante una exención del impuesto, que debe estar prevista en el convenio, cuya lectura es bastante técnica y puede realizar su abogado fiscalista.

La mayoría de los convenios fiscales internacionales prevén un criterio decisivo según el cual un particular residente en otro país solo tributará en uno de los dos países. Cuando un contribuyente considera que, a pesar del convenio, se ve perjudicado desde el punto de vista fiscal, tiene la posibilidad de preparar un expediente que podrá presentar a las autoridades tributarias competentes para que se examine su caso.

Los convenios fiscales garantizan el respeto de la aplicación de las normas de cada país, previniendo al mismo tiempo la evasión y el fraude fiscales en diversas formas de flujos de rentas entre las partes del convenio. Prevén un reparto, en principio equitativo, de los beneficios entre las partes, luchando contra las prácticas de elusión del impuesto.

¿Cómo funcionan los convenios fiscales?

Los convenios fiscales conceden al país de la fuente un derecho de gravamen sobre determinados tipos de rentas, beneficios o ganancias, en ocasiones a tipos limitados. El particular deberá pagar el impuesto en el país en el que sea residente fiscal según el convenio. En caso de que ningún convenio fiscal contenga disposición alguna al respecto, el residente puede tributar en Francia por la totalidad de sus rentas, con independencia de su fuente, aunque las rentas extranjeras ya hayan tributado en el país extranjero. En tal caso, en principio no se concede ningún crédito fiscal: las rentas tributan en Francia por su importe neto del impuesto extranjero.

La condición de residente determina el país en el que debe pagarse el impuesto sobre la renta, así como el importe del impuesto que el residente debe abonar. Es importante señalar que cada país tiene derecho a gravar las rentas de sus propios residentes en virtud de su propia legislación nacional, de modo que el convenio fiscal no tiene por qué reafirmar esta regla. Si el país de residencia tiene el derecho exclusivo de gravamen sobre determinados tipos de rentas, beneficios o ganancias, ello se traduce generalmente en una tributación únicamente en ese país.

Estos convenios permiten establecer los tipos de retención aplicables a las diferentes rentas percibidas, ya sean salarios, pensiones o rentas inmobiliarias. El país de origen también puede aplicar un tipo impositivo limitado sobre determinados tipos de rentas, ya se trate, por ejemplo, de beneficios o de rendimientos de bienes inmuebles.

En cuanto a las empresas, existen en el mundo numerosísimos convenios bilaterales que permiten evitar la doble imposición, cuya lectura suele ser muy árida y para la que parece recomendable la ayuda de un abogado fiscalista. Sin embargo, Francia se enfrenta a numerosos problemas de elusión del impuesto derivados de estos convenios internacionales. Por ello, desde 2019 han entrado en vigor nuevas medidas para obligar a las grandes empresas que generan ingresos importantes en Francia a pagar impuestos en el país. La renegociación de las normas europeas en la materia permitirá regular en mayor medida las prácticas de evasión fiscal más conocidas. Estas nuevas medidas permiten ahora gravar a las empresas por las rentas transferidas a países de baja tributación.

El proyecto OCDE/G20 se ha puesto en marcha recientemente para reforzar los convenios fiscales y luchar contra la evasión fiscal. El proyecto permite reducir las lagunas existentes en los convenios internacionales que tienen como consecuencia eludir un impuesto o trasladarlo total o parcialmente a otro país en el que el impuesto es bajo o incluso nulo. Más de 100 jurisdicciones han acordado un Convenio multilateral surgido del proyecto BEPS. Este nuevo convenio permitirá actualizar la red de convenios fiscales existente y reducir los problemas relacionados con la evasión fiscal.

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Opiniones de clientes

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Marc Uzan Avocat Fiscaliste

Marc Uzan, Abogado Fiscalista

Maître Marc Uzan es abogado fiscalista en París desde hace más de 20 años.

Es titular de un Máster en Fiscalidad por la Universidad de Derecho de París, diplomado por la ESSEC y titular del DSCG (diploma superior francés de contabilidad y gestión).

Antes de fundar su propio despacho, trabajó en grandes despachos de abogados internacionales.

Asesora a particulares y empresas en materia de sucesiones internacionales, fiscalidad internacional, inspecciones fiscales, cuentas en el extranjero, regreso a Francia (régimen de impatriados), salida de Francia (expatriación fiscal), contencioso tributario, negociación con la administración tributaria, recursos ante los tribunales, RSU, stock options y atribuciones gratuitas de acciones, inmuebles en el extranjero, rentas extranjeras, declaraciones fiscales, impuestos locales y planificación fiscal.

Ha gestionado más de 300 inspecciones fiscales, más de 250 procedimientos de cuentas en el extranjero y más de 200 recursos ante los tribunales tributarios.